En el Monotributo, prestar servicios y vender bienes comparten los mismos topes de facturación anual, pero la cuota mensual difiere: el impuesto integrado cambia según la actividad. Por eso dos personas en la misma categoría pueden pagar cuotas distintas. Calculá tu cuota según tu actividad.

Monotributo servicios vs venta de bienes
Comparativa 2026

Monotributo: Servicios vs Venta de Bienes 2026

La distinción entre prestación de servicios y venta de bienes cambia cuánto pagás de cuota mensual, pero no cambia el tope de facturación anual. Acá vas a ver la tabla completa con ambos valores por categoría y cuándo conviene cada uno.

Por · Actualizado el · 4 min de lectura

Qué cambia y qué no

Lo que es igual

  • Los topes de facturación anual (A a K)
  • Los aportes jubilatorios (SIPA)
  • El aporte a obra social
  • Las fechas de recategorización
  • Los parámetros evaluados (ingresos, energía, superficie, alquileres)

Lo que cambia

  • El impuesto integrado (desde categoría C)
  • La cuota total mensual resultante
  • Cuánto ahorrás al final del año

En las categorías A y B, el impuesto integrado es igual para servicios y bienes.

Tabla comparativa 2026

Cuota mensual total (impuesto integrado + SIPA + obra social) por categoría para ambos rubros. El tope anual de facturación es el mismo.

Cat.Tope anualServiciosVenta de bienesDiferencia / mes
A$ 12.009.410$ 49.527$ 49.527—
B$ 17.595.183$ 56.379$ 56.379—
C$ 24.670.494$ 66.020$ 64.531−$ 1.490
D$ 30.628.651$ 84.613$ 82.565−$ 2.048
E$ 36.028.231$ 119.811$ 108.268−$ 11.544
F$ 45.151.659$ 150.784$ 129.931−$ 20.854
G$ 53.995.799$ 230.313$ 158.815−$ 71.498
H$ 81.924.660$ 522.707$ 317.895−$ 204.812
I$ 91.699.762$ 963.748$ 474.993−$ 488.755
J$ 105.012.519$ 1.167.300$ 580.794−$ 586.506
K$ 126.610.839$ 1.614.446$ 702.103−$ 912.343

La diferencia negativa indica cuánto menos pagás por mes si tu actividad es venta de bienes en esa categoría.

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¿Cuál corresponde elegir?

No es una elección libre: la categoría de actividad la determina lo que efectivamente hacés. Algunas referencias rápidas:

Prestación de servicios

  • Programadores, diseñadores, consultores freelance
  • Abogados, contadores, arquitectos
  • Psicólogos, fisioterapeutas, profesores particulares
  • Oficios (electricistas, plomeros, gasistas)
  • Trabajo intelectual o manual sin entrega de bienes

Venta de bienes

  • Kioscos, despensas, almacenes
  • Indumentaria, librerías, ferreterías
  • Ecommerce (dropshipping, tiendas propias)
  • Reventa de productos importados
  • Producción y venta de artesanías

¿Y si hago las dos cosas?

Si tu actividad mezcla servicios y venta de bienes, tenés que declarar la actividad principal, que es la que te genera mayores ingresos brutos. Por ejemplo: un diseñador que además vende remeras estampadas declara como servicios si la mayoría de sus ingresos vienen del diseño, o como venta de bienes si la mayoría vienen de las remeras.

El tope de facturación anual es el mismo en ambos casos, así que la mezcla de ingresos no te limita; solo afecta cuánto de impuesto integrado vas a pagar.

Simulá tu cuota por rubro

En la calculadora podés alternar entre servicios y venta de bienes y ver en tiempo real cuánto cambia tu cuota mensual según tu categoría actual.

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Preguntas frecuentes

La diferencia está en el impuesto integrado, no en el tope de facturación ni en los aportes. Desde la categoría C en adelante, quienes venden bienes pagan un impuesto integrado menor que quienes prestan servicios, aunque los topes de facturación anual son iguales para ambos rubros.
No. Los topes anuales de facturación son exactamente los mismos para servicios y venta de bienes en las 11 categorías. Lo único que cambia es el impuesto integrado, que hace que la cuota total mensual sea distinta.
Si desarrollás las dos actividades, tenés que declarar la actividad principal (la que te genera mayores ingresos) al momento de la inscripción. Si el grueso de tu facturación es de servicios, te inscribís como servicios; si es venta de bienes, al revés. La cuota que pagás se define por la actividad principal.
Sí. Podés modificar la actividad principal en el portal de ARCA, dentro del servicio Monotributo. Tené en cuenta que el cambio afecta tu cuota mensual desde el mes siguiente, porque el impuesto integrado puede ser distinto.
Porque en la venta de bienes ya existe un margen comercial que tributa IVA en la cadena productiva, mientras que en la prestación de servicios el valor agregado se genera íntegramente en el monotributista. Por eso, desde la categoría C en adelante, el impuesto integrado es menor para bienes.
Desde el portal de ARCA con CUIT y clave fiscal, entrá a 'Sistema Registral', sección 'Registro Tributario' → 'Actividades económicas'. Ahí podés agregar, modificar o dar de baja códigos de actividad (CLAE) y marcar cuál es la principal. Tenés que indicar como principal la que te genere mayor facturación.
Sí, en general. Si lo que vendés son productos físicos a través de Mercado Libre, Tienda Nube u otra plataforma de comercio electrónico, encuadra como venta de bienes. Si vendés servicios digitales (cursos, suscripciones, consultoría) a través de plataformas, encuadra como prestación de servicios.
El cambio de actividad principal se aplica al período fiscal del mes siguiente al de la modificación en el portal. Es decir, si cambiás en marzo, la cuota de abril ya viene calculada con el impuesto integrado del nuevo rubro.
Sí, podés tener varias actividades simultáneas en el Monotributo, siempre que no superes 3 actividades distintas ni 3 unidades de explotación. La actividad principal define el impuesto integrado que pagás, pero todas las actividades suman al mismo tope anual.
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